La trata de personas en entornos digitales ¿nuevas vías del delito?
DOI:
https://doi.org/10.64178/ds5ef459Palabras clave:
delitos contra la integridad sexual, trata de personas, delitos digitales, explotación sexual digital, análisis comparadoResumen
El artículo analiza si la producción de contenido erótico a través de terceros en plataformas digitales puede ser considerada un ilícito penal bajo la figura de trata de personas según el marco normativo argentino. Examina el trabajo sexual digital y su posible encuadre en la noción de «trata digital», diferenciando los casos en los que existe explotación de aquellos en los que el consentimiento es determinante. En primer lugar, se distingue entre trabajo sexual digital y trata de personas en entornos virtuales. Posteriormente, se examina la legislación penal argentina vigente, explorando si las formas de sometimiento y explotación digital pueden ser subsumidas en los tipos penales existentes. Asimismo, se contrasta la legislación sobre grooming con la trata digital, analizando sus similitudes en cuanto a los métodos de captación, coacción y vulnerabilidad de las víctimas, y se revisa la evolución de estas normativas en Argentina. Finalmente, se reflexiona sobre los desafíos jurídicos que plantea la explotación en plataformas digitales, señalando posibles lagunas normativas y la necesidad de adecuar el marco legal para abordar estas nuevas formas de criminalidad.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.