La responsabilidad civil derivada de daños generados en plataformas digitales en el contexto de violencia de género

Comentario al fallo «M L.E. c/ R.B. C.R. p/ daños derivados de violencia de género p/», GEJUAS II, Mendoza

Autores/as

  • Cristian Gustavo Awad
  • Rodrigo Gómez Torre Universidad de Salamanca

DOI:

https://doi.org/10.64178/zd1fme77

Palabras clave:

responsabilidad civil, violencia de género, plataformas digitales, daño en internet, reparación integral de la víctima

Resumen

En el presente artículo analizamos el régimen de responsabilidad civil aplicable a los sujetos que, en el entorno de las plataformas digitales, actúan procurando ocultar su identidad para cometer un ilícito en Internet. Profundizamos sobre los efectos del daño en el ciberespacio de quienes aprovechando el anonimato relativo que brindan las redes, actúan en detrimento de los derechos de las mujeres. Para ello tomamos como caso testigo un proceso icónico de la jurisprudencia civil mendocina  «M L.E. c/ R.B. C.R. p/ daños derivados de violencia de género p/»  en donde como consecuencia de un delito amenazas coactivas (art. 149 bis, segundo párrafo, del código penal argentino y en el marco de la ley 26.485 de protección integral a las mujeres) se condena al demandado a indemnizar a la víctima, procurando una reparación integral por el accionar sistemático del sujeto activo del delito que durante años vulneró los derechos de la víctima (de quien fuera cónyuge), en diversas plataformas digitales.

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Biografía del autor/a

  • Cristian Gustavo Awad
    Abogado por la Universidad Nacional de Cuyo. Litigante en el fuero civil y con ejercicio profesional independiente. Miembro de la Federación de Colegios de Abogados y Procuradores de Mendoza. Titular de un estudio jurídico con sede en la ciudad de Mendoza, desde donde desarrolla su actividad principalmente en el ámbito del derecho civil y procesal civil, interviniendo en la representación y defensa de particulares en conflictos judiciales y extrajudiciales.
  • Rodrigo Gómez Torre, Universidad de Salamanca
    Abogado por la Universidad Nacional de Cuyo (República Argentina). Personal docente investigador postdoctoral de la Universidad de Salamanca (Reino de España). Investigador visitante postdoctoral del Centro de Estudios Sociales de la Universidad de Coimbra (República Portuguesa). Investigador senior del Grupo de estudios de Derecho autoral e industrial (GEDAI) de la Universidad Federal de Paraná (República Federativa del Brasil). Doctor en Derecho privado por la Universidad de Salamanca y la Universidad Pública de Navarra (Reino de España). Miembro del «Proyecto doctoral de alta formación en Ciencia Jurídica» de la Universidad Ca’ Foscari de Venecia (República Italiana). Magíster en Asesoramiento Jurídico de Empresas por la Universitat Oberta de Catalunya (Reino de España). Docente de grado y posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo (República Argentina). Miembro de la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho Informático (FIADI). Docente invitado y colaborador de grado y posgrado en diversas universidades iberoamericanas.

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Publicado

2025-12-19

Número

Sección

Cartapacio

Cómo citar

La responsabilidad civil derivada de daños generados en plataformas digitales en el contexto de violencia de género: Comentario al fallo «M L.E. c/ R.B. C.R. p/ daños derivados de violencia de género p/», GEJUAS II, Mendoza. (2025). Revista Pensamiento Penal, 2(3), 82–99. https://doi.org/10.64178/zd1fme77