El delegado de protección de datos (DPO)

Autores/as

  • Carlos Damián Becerra

Palabras clave:

delegado de protección de datos, reglamento general de protección de datos, protección de datos personales, accountability, data governance

Resumen

La figura del delegado de protección de datos («DPO», por sus siglas en inglés) surge a partir de la incorporación del principio de accountability o responsabilidad proactiva en el Reglamento General de Protección de Datos («RGPD») de la Unión Europea. Este rol fue creado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos, rendir cuentas y actuar como intermediario entre las organizaciones, los titulares de los datos y las autoridades de control. El RGPD dispone que «al supervisar la observancia interna del presente Reglamento, el responsable o el encargado del tratamiento debe contar con la ayuda de una persona con conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos» (considerando 97 del Reglamento [UE] 2016/679). Realizar auditorías y dar respuesta a los ejercicios de derechos e incidentes de seguridad resulta esencial para un data governance efectivo.

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Biografía del autor/a

  • Carlos Damián Becerra
    Licenciado en administración. Abogado. Especialista en conducción de organizaciones militares terrestres. Especialista en estrategia operacional y planeamiento militar conjunto. Alumno en el posgrado de especialización en inteligencia estratégica (Centro de Altos Estudios Nacionales, «C.A.L.E.N»). Doctorando en derecho en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. Experto en protección de datos de la Universidad SXXI.

     

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Publicado

2025-12-19

Número

Sección

Columnas & Opinión

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